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Empleados Públicos Temporales

Sentencia núm. SCJ-TS-22-0320, de fecha 31 de marzo de 2022.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) reconoció los derechos laborales y la indemnización de los servidores públicos contratados como temporales que hayan sobrepasado los seis meses ejerciendo sus funciones, situación que los equipara a empleados de estatuto simplificado en vista de la antigüedad en el servicio y el tipo de cargo desempeñado.  

Esta decisión, a nuestro parecer, obedece a criterios de alta justicia, equidad y razonabilidad, pues nosotros tenemos un estado muchas veces irresponsable y violador de derechos y de normas, donde la historia comprueba que lo provisional y transitorio, se hace eterno.

Interpretación que queda reforzada con las disposiciones contenidas en el artículo 138 del Reglamento de Relaciones Laborales en la Administración Pública núm. 523-09, de fecha 21 de julio del 2009.

En Álvarez Marrero & Asociados, tus intereses y derechos serán más que una prioridad, contáctanos.⚖

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