El Comité Nacional de Salarios, conformado tanto por el gobierno, por el empresariado, así como por los sindicatos de trabajadores, emitió una resolución para poner en orden el trabajo doméstico en el país. El contenido más relevante de esta resolución es:
-Las trabajadoras y trabajadores domésticos deberán ser registrados en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y el salario mínimo será de 10 mil pesos, a ser pagados en periodos no mayores de un mes.
-Debe existir un contrato firmado por ambas partes que fije el tipo de trabajo a realizar, el horario, salario y periodo de vacaciones, debiendo de ser depositado el mismo por ante el Ministerio de Trabajo.
-Las jornadas de trabajo tienen que ser de máximo 8 horas diarias y de 44 horas a la semana, con al menos 36 horas libres. Esas 8 horas al día se podrán dividir como le convenga a ambas partes.
-Los sábados y domingos no trabajan a menos que se pongan de acuerdo a que se trabaje uno de esos días, que puede ser a cambio de un día libre en la semana o pagando horas extra (que se pagan al doble).
-Después de haber trabajado durante un año, les tocará 14 días de vacaciones con disfrute de sueldo. Después de 5 años, tocan con disfrute de sueldo equivalente a 18 días de salario.
-Fue aprobado un plan piloto para incluir a este tipo de trabajadores/ras en el Sistema Dominicano de Seguridad Social bajo régimen contributivo subsidiado.
Entrada en vigencia
La Resolución 14-2022 del ministro de Trabajo y la CNS- 11-2022 del Comité Nacional de Salario entrarán en vigencia tres meses luego de su publicación en un diario de circulación nacional.
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